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Asociaciones piden excluir a plataformas digitales de la ley telecom en México

2025-05-16     IDOPRESS

ALAI y AIA-LAC pidieron eliminar definiciones de plataformas digitales de la nueva ley de telecomunicaciones,al considerar que estas operan bajo modelos distintos a las telecomunicaciones. Académicos,en contraste,proponen una regulación específica que garantice derechos digitales.

Mercedes Aramendía,directora Ejecutiva de AIA-LAC-

Foto: Senado de México

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Dos de las principales asociaciones que agrupan a las grandes empresas de Internet,como Meta,Google y Amazon,argumentaron que la regulación relativa a las plataformas digitales no debería estar en la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión,pues se trata de un sector con una arquitectura y modelo de negocio completamente distinto al de las telcos.

Durante el tercer conversatorio sobre dicha ley en el Senado,Fabiola Peña,gerente para México y Centroamérica de la Asociación Latinoamericana de Internet (ALAI),y Mercedes Aramendía,directora Ejecutiva de la Alianza por una Internet Abierta en América Latina y el Caribe (AIA-LAC),hicieron un llamado a eliminar las fracciones del artículo 3 donde se delinean los conceptosde plataforma digital,proveedor de plataformas digitales y servicio digital.

“Estas definiciones,tal como están redactadas,podrían extender el alcance de la ley a sectores y servicios que no forman parte del ámbito de las telecomunicaciones. Los servicios de telecomunicaciones son fundamentalmente distintos al resto de los servicios que se ofrecen a partir de diferentes infraestructuras tecnológicas”,señaló Fabiola Peña.

Peña explicó que las plataformas digitales operan sobre una infraestructura distinta a la de los servicios de telecomunicaciones.

Fabiola Peña,gerente para México y Centroamérica de ALAI.

Foto: Senado de México

Mientras las telecomunicaciones se basan en la gestión de recursos físicos y escasos,como el espectro o la infraestructura física de redes,“las plataformas digitales funcionan sobre el Internet y son,conforme a los estándares internacionales,servicios de valor agregado de carácter global”,dijo la experta de ALAI.

Con base en esa premisa,Fabiola Peña consideró que las plataformas digitales no deberían ser reguladas por la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión,pues ello implicaría distorsionar la arquitectura del entorno digital,dar lugar a conflictos legales y a invasión de esferas de competencia.

Dado que el gobierno aceptó eliminar el artículo 109 del proyecto,Mercedes Aramendia comentó que también se tiene que suprimir el artículo 3,que fue pensado para dar sustento al primero.

Aramendia coincidió con Peña en que incluir a las plataformas digitales dentro de esta ley en discusión sería contraproducente,ya que generaría inseguridad jurídica,limitaría la innovación,encorsetaría desarrollo futuros y crearía barreras para nuevos servicios o modelos digitales.

“México tiene tanto el compromiso como la oportunidad de fortalecer el entorno digital confiable y dinámico. Y para lograrlo,la normativa debe acompañar los cambios tecnológicos con criterios técnicos y visión de futuro”.

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“Esto permitirá brindar certidumbre jurídica,atraer inversión,asegurar que la transformación digital se construya con bases sólidas”,expuso la también expresidenta de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones de Uruguay.

Durante el conversatorio de este jueves 15 de mayo,el senador Javier Corral,quien moderó el encuentro,preguntó a las ponentes si consideran necesario que se desarrolle un proyecto de ley específico para las plataformas digitales.

Fabiola Peña se mostró abierta a que se discuta la posibilidad de crear una ley especial en la materia,mientras que Mercedes Aramendia reviró que las plataformas de Internet ya cumplen con regulaciones en los países donde operan,incluido México.

Las empresas de Internet ya están sujetas a leyes como las relativas a la protección de datos personales y la competencia,detalló Aramendia. En su opinión,no hay que “regular por regular”,sino sólo intervenir cuando existe una problemática en específico que se necesita resolver.

Si no es así,“luego pasamos a tener una ley divina pero inaplicable”,arguyó la directora Ejecutiva de la AIA-LAC,y añadió que si se tiene que regular,hay que ver bien por qué y para qué.

Reglas claras para las Big Tech

En contraste con las observaciones de Fabiola Peña y Mercedes Aramendia,hay otras voces que plantean la necesidad de que la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión,o en su defecto otra ley,aborde el desafío de la regulación de las grandes empresas tecnológicas.

Dardo Emanuel Neubauer,académico de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y coordinador del área jurídica del laboratorio digital Tlatelolco Lab,resaltó el rol del Estado para garantizar la protección de los derechos fundamentales de las personas en el entorno digital.

El académico propuso ampliar el título cuarto de las redes y los servicios de telecomunicaciones y el capítulo octavo de las plataformas digitales del proyecto de ley,en lugar de eliminarlo.

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“Y si vamos un poco más allá,y tomando la palabra que el senador Corral decía recién,presentar una iniciativa que pueda justamente abocarse a este estudio y marco legal de las plataformas”,puntualizó Dardo Emanuel Neubauer.

La ampliación de ambos capítulos,como propuso el académico de la UNAM,tendría que abarcar la determinación de las responsabilidades de intermediarios de contenido; es decir,las empresas de Internet,sobre la moderación de contenidos,las medidas contra la desinformación y la transparencia en el uso de algoritmos.

Además,Dardo Neubauer dijo que “los intermediarios de contenidos deben ser considerados autoridades responsables en términos de la ley de amparo, en aquellos casos en que sus determinaciones afecten derechos fundamentales de los usuarios,establecidos en la Constitución,tratados internacionales,leyes y reglamentos del orden jurídico nacional”.

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